viernes, 31 de agosto de 2007

Emergencia Patrimonial de la Ciudad de Buenos Aires

1966D2007
Proyecto de Ley
“Emergencia Patrimonial de la Ciudad de Buenos Aires”

Artículo 1º.- Declárase la emergencia patrimonial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el termino de trescientos sesenta y cinco (365) días, a partir de la promulgación de la presente ley.

Artículo 2º.- Suspéndase por el termino indicado en el artículo 1º, demoliciones de inmuebles comprendidos en el polígono presentado como propuesta para ser declarado como Paisaje Cultural de la Humanidad ante la UNESCO por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 3°.- Toda solicitud de demolición e intervención de fachadas y espacios de uso común presentada para inmuebles de propiedad pública o privada que cuenten con planos registrados antes del 31 de diciembre de 1941, o en su defecto cuyo año de construcción asentado en la documentación catastral correspondiente sea anterior a dicha fecha, deberá contar con el pronunciamiento favorable del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP).

Artículo 4°.- La Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro, o el organismo que la reemplace, remitirá toda solicitud que se le someta referida a los inmuebles alcanzados por el art. 3° de la presente ley, a la Dirección General de Interpretación Urbanística, o el organismo que la reemplace, dentro de las 72 horas hábiles posteriores a su recepción. Una vez recibido el expediente, esta última deberá presentarlo en la primera reunión ordinaria que celebre el Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP), o bien en reunión extraordinaria convocada por el Director General de Interpretación Urbanística. El dictamen deberá ser emitido dentro de los 10 días hábiles siguientes a la reunión en que fuera presentado a consideración del CAAP, y tendrán carácter vinculante.

Artículo 5°.- Serán funciones del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales:

a) Revisar y promover los actos administrativos que considere necesario para regularizar los contratos referidos a las obras de refacción y mantenimiento en los edificios de valor patrimonial.

b) Realizar todas las acciones tendientes a cumplimentar lo prescripto en la presente ley.

c) Recepcionar y atender las denuncias o reclamos de vecinos u organizaciones vinculadas a la presente Ley.

Artículo 6º.- El Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales deberá comunicar cada cuarenta y cinco (45) días corridos, a la Legislatura y al Jefe de Gobierno, del estado de cada una de las acciones que realice, en función de lo indicado en el artículo 4º.

Artículo 7º.- Comuníquese, etc …

FUNDAMENTOS

Señor Presidente

Motiva el presente proyecto de ley la gravísima y preocupante situación en la que se encuentra el patrimonio arquitectónico y edilicio de nuestra ciudad, debido a continuas demoliciones que se llevan a cabo desde hace aproximadamente 5 años atrás.

Estas continuas demoliciones se dan como consecuencia del auge de la construcción por la que atraviesa Buenos Aires, y por la increíblemente poca conciencia de preservación del patrimonio cultural con la que se encaran proyectos de obra en los cuáles sólo pareciera privilegiarse la rentabilidad inmobiliaria.
En este sentido, Sr. Presidente, los vecinos de la ciudad han denunciado en diversas oportunidades estos hechos de destrucción del patrimonio y que han tenido amplia repercusión pública.
Además, y ante el insistente reclamo de los vecinos y la gravedad de la situación, el Sr. Jefe de Gobierno a principios del corriente año decidió suspender por 90 días las obras de construcción en algunos barrios más requeridos por el sector en la actualidad.
Por otro lado, no debo dejar de señalar que no sólo se atenta contra el patrimonio arquitectónico sino que también las casas que no forman parte del mismo y que son viviendas familiares también se encuentran amenazadas. No hay que olvidar el grave caso sucedido en el barrio de Caballito en donde por una impericia y falta de control, se derrumbó parte de una casa lindera a una obra en construcción.
Es por ello, que una forma de evitar esta destrucción patrimonial es suspender toda demolición en el área que comprende la determinada como Paisaje Cultural de la Humanidad hecha por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en oportunidad de presentar la candidatura de nuestra ciudad ante la UNESCO.
Para el resto de la ciudad, creo acertado implementar el criterio establecido en el expediente N° 1753-D-2006 de la Diputada Teresa de Anchorena, por el cual se resguarda de toda demolición aquellos inmuebles que cuenten con planos registrados antes del 31 de diciembre de 1941.
Nuestra ciudad posee un rico y variado patrimonio arquitectónico y que le ha dado el nombre de la París de Sudamérica. Esto ha caracterizado a Buenos Aires desde siempre y le ha dado su identidad, así como también ha otorgado a los vecinos de los barrios el sentido de pertenencia a los mismos.
Hoy encontramos amenazado este patrimonio que contiene los más variados estilos arquitectónicos y que son testigos de nuestra historia no sólo ciudadana sino nacional. En él conviven vestigios de diversas épocas históricas como la colonial, retazos de la Gran Aldea, del eufórico progreso aluvional que sobrevino a lo largo de los siglos XIX-XX, y piezas de modernidad periférica.
No hay que dejar de olvidar, a su vez, la importancia de este patrimonio para la industria del turismo en nuestra ciudad, toda vez que el mismo es un atractivo turístico por excelencia y que diferencia a Buenos Aires como uno de los destinos turísticos más renombrados en todo el mundo.
La cultura de la rentabilidad a cualquier costo, incluso el que significa hipotecar la herencia patrimonial a las generaciones futuras, impidiendo de esta manera el derecho al goce y disfrute por parte de estas generaciones tal como han podido hacerlo las generaciones precedentes.
El patrimonio arquitectónico que se destruye no se recupera nunca más, esta situación que se podría compara con la pérdida de los recursos naturales no renovables, aún puede revertirse si tomamos conciencia de la importancia de la preservación y de la defensa de nuestra identidad.
Todavía quedan muchos edificios que pueden ser salvados de la popularmente piqueta e revertir esta tendencia que hoy se muestra como inevitable. Esta situación debe contar con el compromiso de toda la sociedad y fundamentalmente de quienes tenemos la responsabilidad pública de administrar y legislar por el bien general.
Por último, Sr. Presidente, señalo que en las grandes urbes del mundo desarrollado nadie duda de la necesidad de conservar los rasgos del pasado y el rol que tiene la arquitectura en la transmisión de la cultura hacia las generaciones futuras. Las políticas de protección y preservación cultural son implementadas en todo el mundo sin dudar sobre su importancia.
Este proyecto que tiende a la toma de conciencia ante dicha situación, y es un paso más para el diseño de políticas culturales y de decisiones políticas en este sentido.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.

jueves, 30 de agosto de 2007

Polémica por una ley que amplía la superficie de las casas para porteros

LA NACION

Por Angeles Castro
30-08-07

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Según los autores, regirá para edificios nuevos, pero hay dudas sobre su alcance


La Legislatura porteña se apresta a aprobar hoy una ley que ordena que las viviendas de los encargados de edificios deberán tener un dormitorio más que el que poseen actualmente en los inmuebles de más de 15 unidades o que superen los 800 metros cuadrados. Y la polémica amenazaba anoche con llegar al recinto de sesiones: si bien los defensores del proyecto aseguran que la exigencia sólo regirá para los edificios por construirse, hay quienes sostienen que también recaerá sobre los ya existentes.

La cuestión podría quedar zanjada hoy mediante la incorporación de un artículo que diría aproximadamente: "Lo dispuesto rige para las construcciones por realizarse con posterioridad a la entrada en vigor de la presente ley". Así lo confirmó al cierre de esta edición a LA NACION uno de los impulsores de la iniciativa, Juan Manuel Olmos (Frente para la Victoria).

Sucede que el texto por votarse no exceptuaba explícitamente, hasta ayer, a las viviendas de los encargados en edificios ya erigidos. Por eso la alarma cundió entre los dueños de departamentos: serían muy altos los costos que deberían afrontar si la nueva exigencia los obligara a reformar las unidades de portería con las que han contado históricamente.

"Se viene otra erogación encubierta que tendrán que afrontar los propietarios e inquilinos de departamentos de más de 15 unidades en la ciudad. Tendrán que invertir en obras para adecuar sus propiedades", denunció también ayer el diputado Fernando Caeiro (Coalición Cívica), que pidió que el proyecto -que reforma el Código de Edificación- vuelva a comisión.

Tal vez la recepción de la noticia haya sido negativa porque llegó cuando los vecinos todavía no superaron el temor generado por el decreto de Jorge Telerman, luego suspendido, que había aumentado el impuesto inmobiliario entre un 50 y un 230 por ciento.

Incluso, entre los considerandos de la iniciativa figura otro punto que se prestó a confusión: "Se considera necesaria e imprescindible la ampliación" de las viviendas de los encargados, "elevando el metraje [total] de 30 m2 a 40 m2 e incorporando un dormitorio", señala.

Pero Olmos aclaró: "De ninguna manera corre la modificación para los edificios ya construidos. Las normas de planificación no se pueden aplicar con retroactividad. El requisito será para las futuras obras. Si no queda claro, me comprometo a agregar un artículo".

El espíritu de la ley reside en mejorar las condiciones laborales de los porteros, que, en muchos casos, viven con una esposa y varios hijos sin comodidades en un ambiente y un dormitorio. ¿El beneficio será, entonces, sólo para los trabajadores que ingresen como empleados en edificios por construirse?

"Sí -respondió Olmos-. Debería ser para todos, pero tendría costos que no podemos imponer a los vecinos. Quiero llevar tranquilidad."

El proyecto que hoy debatirán los diputados en segunda lectura -ya lo aprobaron una vez y luego fue sometido a audiencia pública, con opiniones positivas- también ordenará que la vivienda del encargado "no debe ser de menor tamaño que la unidad funcional mínima ni puede tener más ambientes que la unidad funcional de mayor tamaño".

Esta cláusula también se agregará hoy, a pedido del Consejo Profesional de Arquitectura, indicó a LA NACION Juan Felipe Manavella, director de la Comisión de Planeamiento Urbano de la Legislatura, que emitió un despacho favorable sobre la iniciativa de Olmos.

Manavella, que es abogado, también insistió en que la norma "no se puede aplicar con retroactividad".

jueves, 23 de agosto de 2007

Pacientes en el Hospital Roffo

1882D2007
Proyecto de Declaración
“Pacientes en el Hospital Roffo”


Artículo 1°. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires vería con agrado que el Poder Ejecutivo disponga las medidas necesarias con el fin de facilitar el egreso e ingreso de pacientes y ambulancias al Instituto de Investigación Oncológica "Ángel Roffo", ubicado en la Av. San Martín 5481.

Artículo 2 °.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Amén del tránsito que implica el pasaje de la Avda. San Martín , se torna sumamente dificultoso el acceso y egreso de pacientes por la única entrada ubicada precisamente sobre esta avenida.
Es justamente en este único acceso, que también lo es para los vehículos, ya sea ambulancias o automóviles particulares de los profesionales que allí brindan sus servicios, donde no existe ningún tipo de señalización.
Gran cantidad de enfermos concurren diariamente solos al Instituto y muchos de ellos se hayan imposibilitados en su desplazamiento normal por el estado de salud en que se encuentran, muchos otros lo hacen en silla de ruedas. En estas condiciones deben caminar dificultosamente o trasladarse en sus sillas al semáforo más cercano que se encuentra en las esquinas próximas al nosocomio, por cuyas arterias inmediatas, José P. Varela y Av. Nazca, circula un tránsito muy fluido además de varias líneas de colectivos, lo que torna aún más peligroso su cruce.
Se adjunta al presente como Anexo I, circular de la Directora del nosocomio, Dra. Berta Roth, solicitando una respuesta al citado pedido.
Por todo lo expuesto, señor Presidente, solicito la aprobación de la presente Declaración.

miércoles, 22 de agosto de 2007

Información sobre la Línea H

1870D2007

Proyecto de Resolución
“Información sobre la Línea H”


Artículo 1°.- La legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos que correspondan, proceda a informar dentro de los 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos a la Línea H de Subterráneos de Buenos Aires:

a) Estado en que se encuentra el proceso licitatorio para la construcción del tramo A1, comprendido entre Avda. Roca esquina Avda, Sàenz y la Estación Hospitales, y el tiempo estimado para el llamado a licitación.

b) Tiempo estimado de finalización de las obras del tramo A2: Estación Hospitales - Caseros y, Plaza Once - Estación Corrientes.

c) Cómo está contemplado el financiamiento de los distintos tramos.

d) Si se han confeccionado los pliegos para el llamado a licitación para la concesión de la operación del servicio del tramo ya terminado, comprendido entre Avda Caseros - Plaza Once, indicando:

1) cuál es el marco legal de la concesión otorgada por el Gobierno Nacional a la empresa Metrovías, y su relación con Subterráneos de Buenos Aires, en el marco de la futura explotación de la línea H.

2) en el caso de entregar la operación del servicio a la empresa Metrovías, indicar en qué condiciones se realizaría.

e) Con qué material rodante se va a prestar el servicio, en este caso indicar:

1) Si va a ser adquirido por el Gobierno de la Ciudad o por el adjudicatario del servicio.
2) Si se van a utilizar elementos de otras líneas administradas por Metrovías.
3) Si existe otra posibilidad.

f) Si se ha analizado la posibilidad que la empresa Subterráneos de Buenos Aires, se haga cargo de la operación y explotación del servicio, en caso de que así sea, indicar:

1) Cantidad de personal necesario para las distintas tareas.
2) Si se cuenta con el personal capacitado para su operación.
3) Tiempo de capacitación de cada una de las actividades.

g) Si se ha evaluado la coordinación comercial u operativa con las otras líneas a cargo de la empresa Metrovias, en caso de que ésta no opere el servicio.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

En el mes de junio del corriente año se inauguró la primera etapa de la línea H de subterráneos, entre Caseros y Jujuy hasta Plaza Once, con 5 estaciones ya construidas, dos en avanzado estado de obra, entre Almafuerte y Pedro Chutro hasta Caseros y Jujuy, y una entre Plaza Once hasta Corrientes y Pueyrredón.

Su construcción fue y es llevada a cabo íntegramente con recursos de la ciudad, y ante la necesidad de habilitar este primer tramo, hace falta concluir las obras en ejecución y licitar los tramos faltantes a fin poner en funcionamiento esta línea que, en su concepto transversal en relación de la actual red de subterráneos, unirá el Sur y el Norte generando una importante conectividad en nuestra ciudad de Buenos Aires.

Por ello es urgente la toma de decisiones sobre cómo se implementará la explotación y operación del servicio, habilitando el mismo lo mas rápido posible del tramo terminado, como la incorporación de las estaciones en construcción, y la licitación para la construcción de las demás etapas proyectadas.

La concesión otorgada a la Empresa Metrovías por parte el Poder Ejecutivo Nacional, no contempla la operación de esta línea, que se encuentra fuera del Decreto firmado oportunamente, ya que ha sido construida íntegramente por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello creo que es de suma importancia para esta Legislatura tener claro el estado del proceso licitatorio de las etapas que restan construir, su financiamiento, y los tiempos previstos para su ejecución.

Asimismo, cuál va a ser el operador del servicio del tramo ya terminado, o si se piensa en una licitación para concesionar la explotación de toda la línea a un mismo operador a medida que se vayan concluyendo las obras. Incluso si se ha estudiado la posibilidad de que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por medio de Subterráneos de Buenos Aires, se haga cargo del servicio. En este caso, cuáles serían las requisitorias para tal efecto, como por ejemplo las que conciernen al material rodante necesario.

Por último, creo imperioso conocer si está prevista la coordinación con las demás líneas actualmente en funcionamiento desde el punto de vista operativo y comercial.

Entendiendo que la concesión de la explotación que se otorgue por los tramos concluidos pueden condicionar la explotación integral de la línea y la terminación de la misma, es necesario pensar la concesión con la continuidad que esta línea de subterráneos merece a efectos de no malograr las inversiones ya realizadas, y cumplir acabadamente con lo establecido por las leyes 317/99 y 670/01.

Por todo lo expuesto, Sr. Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.


Pedido de Informe sobre ABL

1871D2007

Proyecto de Resolución
“Pedido de Informe sobre ABL”

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad que, a través de los organismos correspondientes, informe en un plazo no mayor a 30 (treinta) días de recibido el presente, sobre la correcta aplicación del art. 186 de la Ley 150/99 que establece el cálculo actualizado en cada ejercicio, de la valuación de los terrenos, a efectos de aplicar las contribuciones de alumbrado, barrido y limpieza territorial, pavimentos y aceras, y respecto a los siguientes puntos:

a) Adjuntar planilla de valor terreno por metro cuadrado de cada manzana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de ver si la tributación guarda un razonable principio de equidad. Asimismo, adjuntar el valor de mercado del metro cuadrado de dichas manzanas desde los años 2000 a 2007 inclusive.

b) Si está previsto tributar con la valuación actualizada de los terrenos en el presupuesto 2008, y en este caso, si se buscará una alícuota razonable de tributación de la contribución, de forma tal que ningún vecino se encuentre con la imposibilidad de pago de la tasa de tributación, pero dentro de un marco de equidad.

c) Si se prevé realizar, por las diferencias de valuación que surjan, bonificaciones y cobros adicionales, y en este caso, si se afectará su cobro o devolución en los próximos 5 años, distribuidos bimestralmente en cada boleta de ABL, o si otorgará la posibilidad de pago al contado con alguna quita.

Artículo 2 °.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS


Señor Presidente:

La Ciudad de Buenos Aires, ha sufrido en los últimos años, un fuerte cambio, muy desigual entre los distintos barrios que la componen, producto tanto del mercado que optó por uno u otro lugar, como por la incidencia de la falta de infraestructura de la Ciudad, que privilegió la urbanización adecuada de algunos frente a la poca inversión en los otros. No sabemos si el mercado fue donde había mejor y mayor infraestructura, o si los distintos Gobiernos realizaron las mejoras donde el mercado acudió. Lo concreto es que las inequidades se incrementaron.

Así, es normal escuchar a los vecinos de la zona Sur de la Ciudad, reclamar la falta de mejoras en infraestructura, conjuntamente con dichos como que pagan impuestos como si viviesen en Barrio Norte, mientras reciben atención como si estuviesen viviendo gratis.

A nadie escapa las diferencias, que a esta Legislatura debería darle vergüenza, entre el cuidado de parques y plazoletas de Puerto Madero y lo triste que es caminar por los barrios de la zona Sur en cuanto a su falta de iluminación, cuidado e infraestructura.

Nuestra Constitución marca desde el año 1996, que se debe tratar de equilibrar las zonas. El simple hecho de no cobrar la alícuota sobre el terreno por lo que en realidad vale de acuerdo a mercado, en detrimento de quienes habitan en barrios cuyo valor de mercado es inferior, a quienes se los castiga por realizar mejoras en barrios menos privilegiados, fomenta y profundiza la inequidad en la Ciudad de Buenos Aires, en fragante violación al principio constitucional.

Cobrar equitativamente el ABL, representará para la Ciudad un ingreso que ayudará a realizar las mejoras que la Ciudad necesita, equilibrando la carga tributaria, hoy excesivamente inequitativa.

Por todo lo expuesto solicito, Sr. Presidente, la aprobación del presente proyecto de Resolución.