viernes, 20 de julio de 2007

Ley General de Estacionamiento Medido

1648D2007

Proyecto de Ley
“Ley General de Estacionamiento Medido”

ARTICULO 1º Impleméntese el Sistema de Estacionamiento Medido, mediante el uso de tarjetas, parquímetros o máquinas expendedoras de tickets, en la Ciudad de Buenos Aires.

ARTICULO 2º El Poder Ejecutivo será el encargado de determinar en qué arterias regirá el sistema establecido en el artículo precedente.

ARTICULO 3º El Sistema de Estacionamiento Medido será obligatorio todos los días hábiles en el horario de 8 a 21 hs. y los sábados de 8 a 13 hs.

ARTICULO 4º Los espacios de estacionamiento, en las arterias que cuenten con el sistema de estacionamiento medido, serán demarcados en la calzada, quedando prohibido estacionar fuera de ellas.

ARTICULO 5º Queda prohibido el estacionamiento sin el debido comprobante de pago en los lugares en que rige el sistema de estacionamiento medido, como asimismo prolongar el estacionamiento del horario estipulado según el mecanismo correspondiente.

ARTICULO 6º El incumplimiento de lo establecido en el artículo 4º será sancionado de acuerdo a lo determinado en el artículo 3° de la Ley N° 592.

ARTICULO 7º Autorízase al Poder Ejecutivo a llamar a Licitación para la concesión del servicio indicado en el artículo 1°, pudiendo dividirse a la Ciudad en distintas áreas.

ARTICULO 8º Los trabajadores que actualmente se encuentren desempeñando funciones en alguno de los sistemas contemplados por la presente ley, deberán ser absorbidos por los futuros concesionarios.

ARTICULO 9º El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los 30 (treinta) días de su promulgación.

ARTICULO 10º Deróganse las Ordenanzas N° 33.574, B.M. 15.538, N° 24.635, B.M. 13.667, N° 44.484, B.M. 18.924, N° 35.097, B.M. 16.078 y sus modificatorias.

ARTICULO 11º Comuníquese, etc.


FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Motiva el presente proyecto de Ley la necesidad de darle a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires una norma que unifique el Sistema de Estacionamiento Medido.

Actualmente son varias las modalidades que conforman el Sistema de Estacionamiento Medido. Estos son, por ejemplo, la Tarjeta Azul de Estacionamiento regulada por la Ordenanza N° 33.574, B.M. 15.538; el Sistema de Estacionamiento por Estadía con Pago Previo, más conocida como Tarjeta Blanca utilizado en el Estacionamiento del Hipódromo Argentino, regulado por la Ordenanza N°35.097, B.M. 16.078; y finalmente, la Ordenanza N°44.484 B.M. 18.924 que incorpora al servicio de estacionamiento medido el uso de máquinas expendedoras de tickets o tickeadoras y de parquímetros o estacionómetros de los cuales hoy solamente quedan instalados en el microcentro aproximadamente 4.000.

La presente norma tiene como objetivo unificar todos estos servicios bajo uno solo que sea eficiente y que logre ordenar el estacionamiento en la ciudad. Vale la pena destacar una de las ventajas del estacionamiento medido el cual permite un rápido recambio de vehículos en los lugares asignados para el estacionamiento. Esto contribuye a que los conductores tengan mayor facilidad para encontrar lugar.

Por otra parte, con esta medida, la Ciudad deberá hacer un replanteo acerca de la política a seguir, evaluando en qué arterias es factible la instalación del Sistema de Estacionamiento Medido, teniendo en cuenta la fluidez de las calles, la cantidad de vehículos que circulan por las diversas zonas, la fisonomía de los barrios, los comercios, etc..

El Sistema de Estacionamiento Medido será obligatorio todos los días hábiles en el horario de 8 a 21 hs y los sábados de 8 a 13 hs. y será el Poder Ejecutivo el que determinará los espacios de estacionamiento, los cuales serán demarcados en la calzada, quedando prohibido estacionar fuera de ellas.

El sistema descripto deberá ser concesionado para una mejor y más eficiente implementación. Para la misma se podrá dividir a la Ciudad en zonas que faciliten el control del mismo. Asimismo, los actuales trabajadores deberán ser absorbidos por las empresas concesionarias para realizar las tareas requeridas para el correcto funcionamiento del servicio.

Por todo lo expuesto, solicito a Ud. la aprobación del presente proyecto de ley.

1 comentario:

NO a lo injusto dijo...

“N O A L P A R Q U I M E T R O P A R A R E S I D E N T E S”
ASAMBLEA LUNES 05/01 19.30hs Pueyrredón y Charcas
Marchamos hasta Pueyrredon y French o cortamos Santa fe y Pueyrredon, segun cantidad de gente
* NO ordena el Tránsito * NO tenemos donde dejar el AUTO * ES abusivo
* 9 de Cada 10 Edificios NO tienen Cocheras * ES Zona Residencial *UNICO FIN RECAUDAR
Necesitamos tu FIRMA para seguir RECLAMANDO, Necesitamos tu Presencia para evitar las TRAGAMONEDAS
PETICIONAR A LAS AUTORIDADES ESTA CONTEMPLADO EN LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

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