Proyecto de Ley
“Creación del Paseo de los Artesanos de la Ciudad de Buenos Aires”
“Creación del Paseo de los Artesanos de la Ciudad de Buenos Aires”
Artículo 1°.- Créase el "Paseo de los Artesanos de la Ciudad de Buenos Aires", el cual estará emplazado en la parte posterior del Parque Thays, lindante con la calle Brigadier Gral. Juan Facundo Quiroga.
Artículo 2°.- El Paseo creado en el artículo 1° tiene los siguientes objetivos:
Desarrollar simultáneamente actividades culturales propias y características de nuestra Ciudad, a través de la organización de eventos de índole cultural y artística.
Fomentar la producción y venta de artesanías locales permitiendo, a la vez, la participación por invitación de artesanos autóctonos provenientes del interior de nuestro país.
Crear nuevas fuentes de trabajo permitiendo el ingreso de nuevos artesanos complementando las ferias artesanales autorizadas.
Concentrar en el predio a los puestos de artesanos de la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de establecer un nuevo polo de atracción en el tradicional circuito turístico de la Ciudad.
Artículo 3°.- El presente paseo funcionará los 7 (siete) días de la semana. La autoridad competente diseñará un esquema rotativo que permita la participación de una mayor cantidad de artesanos.
Artículo 4°.- Modifícase el artículo 5° de la Ordenanza N° 46.075 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 5°.- Se determinan los siguientes emplazamientos para las Ferias artesanales sujetas a las normas de esta Ordenanza:
Plazoleta Santa Fe (Plaza Italia)
Vuelta de Rocha
Parque Centenario
Plaza Manuel Dorrego
Parque Lezama
Plaza Doctor Bernardo Houssay
Todo nuevo emplazamiento o modificación de alguno de los señalados lo realizará el Departamento Ejecutivo ad-referendum de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Bs. As."
Artículo 5°.- La actual feria de artesanos de la Plaza Intendente Alvear se trasladará al "Paseo de Artesanos". Los artesanos pertenecientes a la misma tendrán prioridad en la selección de los días y lugares para desempeñar sus actividades.
Artículo 6°.- En caso de quedar espacios vacantes se permitirá el ingreso de aquellos nuevos artesanos que estén inscriptos en el Registro de Artesanos postulantes.
Artículo 7°.- La autoridad de aplicación definirá la cantidad de permisos nuevos a otorgar según la disponibilidad del espacio destinado a la venta de artesanías.
Artículo 8°.- El presente Paseo contará con una sede administrativa dentro del mismo emplazamiento; la misma dependerá del Ministerio de Cultura, quien junto con los artesanos delegados de la feria serán los encargados de:
Organización de actividades culturales
Mantenimiento, limpieza, ordenamiento y seguridad del paseo.
Control general del funcionamiento de la feria (productos de los artesanos, horarios y rotación de los días laborables de los mismos, etc.)
Artículo 9°.- Los artesanos integrantes del "Paseo de los Artesanos" se regirán según lo establecido en la Ordenanza N°46.075/92 y su reglamentación.
Artículo 10°.- La autoridad de aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 11°.- El Poder Ejecutivo llamará a concurso público de ideas para el diseño del espacio destinado al "Paseo de los Artesanos de la Ciudad de Buenos Aires", el cual deberá tener las siguientes características: puestos de venta de artesanías, infraestructura sanitaria, información turística, sede administrativa, etc.
Artículo 12°.- Exceptúase de la Ordenanza 46.229 y sus modificatorias al espacio comprendido en la presente Ley.
Artículo 13º.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
Motiva el presente proyecto de Ley la necesidad de que la Ciudad de Buenos Aires cuente con una feria artesanal de características importantes, y que nuclee las actividades más características de los artesanos. Buenos Aries, como el resto de las grandes metrópolis, debe contar con un lugar apropiado, un eventual polo turístico, en el cual se desplieguen las artesanías autóctonas de nuestra región. Asimismo, servirá para fomentar actividades culturales, así como también la producción y venta de las artesanías.
El predio indicado para este paseo es el denominado "Parque Thays", el cual se encuentra ubicado entre la Avda. del Libertador y la calle Brigadier Gral. Juan Facundo Quiroga. La feria estaría ubicada en la parte lindante a esta última y el actual Centro Municipal de exposiciones de la ciudad.
Cabe recordar que al construirse el predio se barajó una alternativa como la aquí planteada. Es decir, destinar una porción del predio para la exposición de artesanías quedando siempre dentro del circuito turísitco de los barrios de Retiro y Recoleta que abarcan el Cementerio de la Recoleta, la Iglesia del Pilar y los Museos "Palais de Glace", "Bellas Artes", "Arte Decorativo", entre otros edificios de gran valor histórico y cultural.
Por esta razón, consideramos apropiado ubicar al "Paseo de Artesanos" en el sector lindante del parque Thays con la calle Brigadier Gral. Juan Facundo Quiroga, espacio que será especialmente acondicionado para el adecuado funcionamiento del emprendimiento. El proyecto contempla el llamado a concurso público de ideas a fin de adecuar el lugar para el normal desenvolvimiento de la feria, así como también de los artesanos que trabajen en ella.
Es dable destacar que el emprendimiento contempla el traslado de la actual feria de la Plaza Intendente Alvear teniendo en cuenta que en la misma hay una superpoblación de artesanos que desvirtúan el entorno del espacio público, dando una imagen de deterioro y desorden. De esta manera se permitirá que la plaza citada recupere su encanto y jerarquía originales, sin que ningún tipo de obstrucción o emplazamiento precario los desmerezca, permitiendo que los vecinos y los circunstanciales turistas que recorran la zona puedan gozar de sus bellezas.
Por otra parte, es fundamental destacar que al ser una feria orientada al turismo deberá funcionar los siete días de la semana. Los artesanos de la Plaza Intendente Alvear son actualmente 123 y se encuentran inscriptos en el correspondiente Registro. Estos artesanos son los que deberán tener prioridad para elegir los lugares y los días a trabajar en el Paseo. En caso de que queden lugares vacantes, la autoridad de aplicación deberá dar prioridad a aquellos artesanos que se encuentren inscriptos en el Registro de Aspirantes. Asimismo, deberá crear un mecanismo rotativo de días para que se alternen en sus labores y permitir, así, la participación de una mayor cantidad de artesanos.
El "Paseo de los Artesanos de la Ciudad de Buenos Aires" contará con una sede administrativa dentro del predio que, trabajando en forma conjunta con los artesanos delegados de la feria, se encargará de su normal desenvolvimiento, especialmente lo referido al mantenimiento, limpieza y seguridad del paseo, la organización de actividades culturales y el control general del funcionamiento de la feria, como asimismo de la calidad de los productos artesanales, horarios, rotación de los días, etc.
Finalmente, y considerando que nuestra ciudad debe contar con un Paseo como el propuesto es que, solicito a Ud. la aprobación del presente Proyecto de Ley.
1 comentario:
Ref.: Uso indebido de marca y designación “PASEO DE LOS ARTESANOS”.-
De mi mayor consideración:
Me dirijo a Ud. en mi carácter de titular de los registros de marca “PASEO DE LOS ARTESANOS”, Nro. 1.954.470 (renovación del Nro. 1.455.84), que distingue todos servicios de la clase 42, y Nro. 2.030.604, que extiende su dominio a los servicios de la la clase 38. Esta denominación es usada en forma pública, pacífica y ostensible por la suscripta desde el año 1985 en la ciudad de Villa Gesell, Provincia de Buenos Aires, y goza de enorme prestigio.
Habiendo tomado conocimiento que Ud. tiene un proyecto de ley empleando en forma indebida el conjunto antes indicado, tanto en carácter marcario como de designación, todo ello en franca violación a los derechos que sobre el mismo me asisten (conforme artículo de la ley 22.362 de Marcas y Designaciones), lo exhorto para que proceda a cesar en tal utilización y sustituya la expresión PASEO DE LOS ARTESANOS por otra que no resulte confundible con la de mi propiedad.
En la inteligencia que todo fue un malentendido por la falta de esta información, y que tanto vuestro como nuestro interés es solucionar amigablemente el diferendo planteado, agradeceré me haga llegar vuestro compromiso de cese de uso de esta denominación.
En caso de no recibir noticias suyas a la brevedad, me veré obligada a dar instrucciones a mis representantes para que inicien las acciones que por derecho correspondan.
Sin más, lo saludo muy atentamente.
ARLENE DE PABLO
Avenida 3 N°381
Villa Gesell
www.paseodelosartesanos.com
www.paseodelosartesanos.com.ar
paseodelosartesanos@gesell.com.ar
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