1399D2007
Proyecto de Ley
“Establecimiento de Paradas Fijas de Taxis”
“Establecimiento de Paradas Fijas de Taxis”
ARTICULO 1º Establézcanse paradas fijas de automóviles con taxímetros en el área delimitada por las Avenidas: del Libertador, Leandro N. Alem, Paseo Colón, Belgrano, Jujuy, Pueyrredón, Santa Fé y Maipú.
ARTICULO 2º Prohíbese el ascenso de pasajeros en los automóviles con taxímetro en el área delimitada en el artículo 1º, fuera de las paradas fijas, en el horario de 8 a 21 hs., exceptuándose los requeridos mediante el servicio de radio-taxi.
ARTICULO 3º Las paradas fijas determinadas en el artículo 1º serán de uso libre para todo automóvil con taxímetro de la Ciudad de Buenos Aires y se instalarán de acuerdo a las evaluaciones que realice el Poder Ejecutivo, contemplando la detención de un mínimo de tres (3) taxímetros.
ARTICULO 4º La instalación de paradas debe reservar un espacio mínimo de diez (10) metros respecto a las paradas de colectivos, y un mínimo de quince (15) metros respecto de las bocacalles con giro a la derecha, debiendo estar debidamente señalizada y detallada en el cartel indicador la cantidad de vehículos que podrán utilizar esa parada.
ARTÍCULO 5º El Poder Ejecutivo arbitrará los medios para relocalizar las paradas de transporte público de pasajeros -colectivos-, y los espacios para parquímetros y máquinas tiqueadoras, que sean necesarios para la aplicación de la presente Ley.
ARTICULO 6º En las avenidas con carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros las paradas se ubicarán en las esquinas de las arterias perpendiculares con estas avenidas, trasladándose en los casos que hubiera necesidad las paradas de transporte público de pasajeros -colectivos-, a las ubicaciones que determine el Poder Ejecutivo. De la misma manera se procederá con los parquímetros ubicados en dichas esquinas.
ARTICULO 7º El incumplimiento de lo establecido en el artículo 2º será sancionado de acuerdo a lo determinado en el punto 6.1.61, del Capítulo I de la Sección 6° del Régimen de Faltas de la Ciudad.
ARTÍCULO 8º La presente Ley entrará en vigencia en un plazo máximo de 30 días a partir de su reglamentación por el Poder Ejecutivo, debiendo darse en ese plazo la debida difusión pública y masiva explicativa de la nueva modalidad.
ARTICULO 9º Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor Presidente:
La grave situación en la que se encuentra el tránsito en la ciudad de Buenos Aires, requiere de la urgente toma de medidas y acciones que permitan mejorar su actual estado.
En tal sentido, considero conveniente que en la Ciudad, como una de las propuestas para mejorar la situación del tráfico, se establezcan paradas permanentes para los taxímetros, con el objeto de posibilitar un adecuado ordenamiento del tránsito y a su vez brindar a los posibles pasajeros una mayor seguridad, por el mayor control que se puede ejercer poniendo en práctica esta propuesta.
Es dable destacar, que esta propuesta pone énfasis en la determinación del establecimiento de paradas y dársenas en las diferentes calles y avenidas del sector de la Ciudad, comprendido por las Avenidas: Leandro N. Alem, Paseo Colón, Belgrano, Jujuy y Pueyrredón.
Los miles de taxis que circulan por la zona del micro y macro centro de la ciudad en busca de pasajeros a una velocidad extremadamente lenta, obstaculizan la fluidez del tránsito, generando mayor caos al existente. Si estos vehículos en vez de girar estuvieran detenidos, pegados al cordón de la vereda o en dársenas, que se puedan instalar de acuerdo a las posibilidades de las calles, claramente se mejorará la actual situación.
Asimismo, esta modalidad de trabajo por parte de los taxistas de nuestra ciudad, genera paralelamente otro tipos de trastornos como el de consumir una mayor cantidad de combustible, en momentos en que vivimos una crisis energética que lleva a cortar el suministro de GNC, combustible utilizado mayoritariamente por los taxis, aumento de la contaminación ambiental, mayor riesgo de accidentes, mayor cansancio de los choferes, entre otras cuestiones.
Cabe consignar, que las paradas fijas mejoran la seguridad, tanto de los choferes como de los pasajeros, ya que esta modalidad disuade el accionar de los delincuentes, pudiendo identificar cuáles son los taxis más seguros de otros que no lo son.
Por todo lo expuesto, Sr. Presidente, solicito la sanción de esta iniciativa.
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